Al Momento Nacionales

COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA

La Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI) en relación al Uso Provisional y/o Comodato por este medio comunica a la Opinión Pública lo siguiente:

El Uso Provisional y/o Comodato es la asignación temporal a instituciones de un bien incautado durante el tiempo que dure el proceso judicial, sin que se transfiera la propiedad a la entidad beneficiada. Siendo las instituciones beneficiadas responsables del mantenimiento, gastos por concepto de servicios públicos, cuotas condominales y otros gastos que se generan por el uso de los bienes.

El legítimo propietario del bien NO pierde su derecho de propiedad sino hasta que el Juez competente determine mediante sentencia declarar el comiso a favor del Estado de Honduras o, en su caso, la devolución del bien incautado a su legítimo propietario.

Con el Uso Provisional y Comodato, el gobierno deja de destinar recursos líquidos para la guarda, custodia y mantenimiento de estos bienes, así mismo, se reduce la presión de gasto de las instituciones beneficiadas para la adquisición o arrendamiento de vehículos, inmuebles y otros bienes otorgados en uso provisional o en comodato.

El Uso Provisional de bienes incautados está contemplado por organismos internacionales como la OEA y la UNODC, y en este sentido, el uso provisional está contemplado en nuestra legislación en particular en la Ley sobre Privación Definitiva del Dominio de Bienes Ilícito (Arts. 70 y 73), la Ley Especial Contra el Delito de Lavado de Activos (Art. 74) y el Reglamento de administración de Bienes Incautados y Decomisados (Arts. 48 al 60), en las cuales otorgan a la OABI la facultad para otorgar en uso provisional bienes incautados a ciertas instituciones gubernamentales, cumpliendo los requisitos establecidos en las normas antes mencionadas.

La OABI en estricto cumplimiento de estas disposiciones ha otorgado en uso provisional bienes, particularmente vehículos e inmuebles, a distintas instituciones y entidades para el cumplimiento de sus actividades y coadyuvando a su fortalecimiento institucional.

En tal sentido, las principales instituciones beneficiadas han sido el Ministerio Público (MP), particularmente a sus unidades especiales que combaten la criminalidad organizada, la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa (SEDENA), la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad (SEDS), el Poder Judicial (PJ), así como la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), en particular a la Unidad de Información Financiera (UIF).

De igual manera, a través del uso provisional de vehículos y otros bienes se ha apoyado a diversos proyectos de prevención a través de la Dirección Nacional de Intervención Social (DINIS).

Siendo esto un ejemplo en donde esta dependencia administrativa no sólo busca la sana administración y la conservación de los bienes que son puestos bajo su administración, y contribuir con el sistema Contra la Lucha de la Criminalidad Organizada, el fortalecimiento del Estado de Derecho y las Finanzas Públicas.

Una vez que el bien es otorgado bajo las modalidades anteriormente citadas, las instituciones a las que se les asignaron aplicará el procedimiento por el cual se le dará destino, así como las personas o funcionarios que harán uso, serán aplicados de acuerdo a los procedimientos administrativos internos que las instituciones beneficiadas estimen convenientes.

Para mayor información respecto de estas figuras jurídicas puede referirse a los siguientes documentos internacionales: “Sistemas de Administración de Bienes de América Latina y Guía para la Administración de Bienes Incautados y Decomisados del Crimen Organizado” (2011), en la “Guía Normativa para la Creación y Desarrollo de Organismos de Administración de Bienes” emitidos por la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas de la Organización de los Estados Americanos (CICAD/OEA), así como al documento intitulado “Effective Management and Disposal of Seized and Confiscated Assets, 2017” de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC).

OFICINA ADMINISTRADORA DE BIENES INCAUTADOS OABI

Related Posts

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *