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Ley de adquisición de la vacuna contra el Covid-19 SI contempla la asesoría de médicos y la academia

“Los diputados de la oposición han querido justificar su voto en contra de la ley, argumentando que no habrá veeduría social, pero aquí demostramos lo contrario”, dijo Tomás Zambrano.

Es FALSO que en la adquisición no se tomarán en cuenta a los médicos, especialistas y academia – advirtió Zambrano.

Diputados de Libre, PINU y parte de la bancada liberal, votaron en contra de la medida de vacunar a todos los hondureños y de crear un grupo consultivo.

El secretario del Congreso Nacional, Tomas Zambrano, aclaró contundentemente este viernes que la ley aprobada sobre la adquisición de la vacuna contra el Covid-19, SI contempla el asesoramiento de los expertos en la metería, como ser médicos, enfermeras y por supuesto la academia.

“En el debate de la ley se pidió agregar que existiera el asesoramiento de médicos y expertos, se aceptó, se votó y se agregó a la ley” sentenció Zambrano.

Se aprobó que el Poder Ejecutivo –agregó- deberá crear un órgano consultivo y de expertos, médicos, especialistas y todos los que tengan experiencia en el tema.

Con esta medida se garantiza que la vacuna que se adquiera deberá ser aprobada por la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos o por sus siglas en inglés (FDA).

El decreto también estipula claramente que El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), debe garantizar que la adquisición de las vacunas contra el COVID-19, se realizará bajo la observancia de mecanismos transparentes y con los fabricantes de las vacunas que se aprueben por organismos internacionales, debiendo asegurarse de la calidad de las vacunas y que sean obtenidas al precio más justo.

Otra de las particularidades de la ley que aprobó el Congreso Nacional, es que el IHSS deberá de proceder a la compra de la vacuna, sin ningún tipo de intermediario, por lo que la misma deberá de ser directamente con el fabricante.

Secretaría de Salud (SESAL), procederá a la adquisición de vacunas a través del Fondo Rotatorio de Vacunas de la Organización Panamericana de la Salud OPS/OMS.

El artículo que habla del grupo consultivo:

Artículo 9.- El Poder Ejecutivo deberá crear un órgano asesor y consultivo convocando a expertos nacionales en la materia. La vacuna que va adquirir el Estado, debe de estar aprobada por la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA).

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