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EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS APRUEBA MEDIDAS ADICIONALES DE POLÍTICA MONETARIA PARA MITIGAR EL IMPACTO ECONÓMICO DEL COVID-19

En la sesión ordinaria No.173/31-03-2020 la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA) del Banco Central de Honduras (BCH) se analizaron las condiciones económicas más recientes a nivel interno y externo.

En el ámbito internacional, el impacto económico derivado de la propagación del Covid-19 ya es visible en los países más afectados por el brote. La pandemia ha obligado a una gran mayoría de países del mundo, entre ellos los socios comerciales más relevantes para la economía hondureña, a aplicar fuertes medidas de restricción de movilidad y cuarentena, provocando choques importantes de oferta debido a la caída en la producción y el empleo, así como de demanda, por la reducción en el gasto de los hogares y las empresas. En este contexto, los organismos internacionales y agencias especializadas prevén una recesión mundial para 2020, influenciada principalmente por las perspectivas para la Zona Euro y los Estados Unidos de América (EUA).

En los mercados internacionales de materias primas relevantes para la economía nacional, en el primer trimestre del año se observa una caída en el precio internacional promedio del petróleo de 16.4%, respecto a igual período de 2019, producto de la disminución en la demanda mundial de combustible debido a la crisis sanitaria. Asimismo, se ha denotado un aumento en el precio del café de 10.8%, por la interrupción del suministro en los principales países exportadores de América del Sur.

La inflación total interanual a marzo de 2020 se ubicó en 3.88%, menor que la registrada a similar mes de 2019 y por debajo del punto medio del rango de tolerancia establecido por el BCH (4.0%±1.0 puntos porcentuales “pp”). Se destaca la menor contribución en los rubros de “Alojamiento, Agua, Electricidad y Otros Combustibles”; “Transporte” y “Prendas de Vestir”, respecto a marzo de 2019; contrarrestada por el aumento en la contribución a la inflación del mes del rubro de “Alimentos y Bebidas no Alcohólicas”.

Si bien en enero de 2020 la economía hondureña, medida a través de la serie original del Índice Mensual de Actividad Económica (IMAE), mostró signos de recuperación, reflejando una variación de 3.8%, los pronósticos del BCH indican una contracción a partir del segundo trimestre del año, lo que estaría apuntando a una caída anual en términos del Producto Interno Bruto (PIB), considerando el efecto de la demanda externa por el menor crecimiento económico de los EUA y los choques de demanda agregada interna derivados del impacto directo de las cuarentenas y la paralización total o parcial de las actividades económicas para evitar la propagación del coronavirus. En línea con esos pronósticos, se espera una desaceleración de la inflación durante 2020, en los que predomina el efecto de menores presiones de demanda agregada y caída en los precios de combustibles, sobre el aumento temporal en los precios de alimentos.

En ese contexto, ante un escenario interno y externo de mayor incertidumbre y volatilidad, y en el marco del Programa Monetario 2020-2021, en el cual se estableció como medida monitorear permanentemente los impactos del Covid-19 sobre la economía nacional y adoptar de manera oportuna las medidas adicionales, que permitan reducir el impacto en la economía hondureña, el Directorio del BCH aprobó un conjunto de medidas de política monetaria tendientes a continuar flexibilizando las condiciones financieras, facilitando el funcionamiento del sistema financiero y de pagos del país al disponer de liquidez para atender las necesidades de los agentes económicos en estos momentos de alta demanda, y a su vez propiciar el acceso al crédito a los distintos sectores económicos, que ayuden a mitigar el impacto derivado de la pandemia.

En resumen, conforme las recomendaciones de la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto, las medidas adoptadas por el Directorio del BCH son las siguientes:

1. Reducir el requerimiento de inversiones obligatorias en moneda nacional, estableciéndolo en 0% a partir de la catorcena que inicia el 9 de abril de 2020, complementado con la redención anticipada de los Bonos del BCH a 2 años que forman parte del cómputo de inversiones obligatorias, permitiendo con dichas medidas proveer liquidez al sistema financiero por aproximadamente L6,500 millones.

2. Ampliar la suspensión temporal de la Subasta Diaria de Letras del BCH dirigidas a instituciones del sistema financiero de 30 a 75 días adicionales, es decir, hasta el 30 de junio de 2020.

3. Suspensión durante el II trimestre del año de las Subastas Estructurales de Valores del BCH, lo que implicaría una disponibilidad adicional de recursos para el sistema financiero de aproximadamente L5,000 millones adicionales.

4. Reducir las tasas de interés de las ventanillas de crédito del BCH al Sistema Financiero, a partir del 7 de abril de 2019, así:

a. Se disminuye el margen aplicado a la tasa de interés de la Facilidades Permanentes de Crédito (FPC), pasando de TPM + 1.00 pp a TPM + 0.50 pp, con lo cual la tasa aplicable se ha reducido desde inicios de febrero de 2020 de 6.25% a 5.00%.

b. Se reduce la tasa aplicable a los Reportos Directos del sistema financiero con el BCH, de FPC + 0.75 pp a FPC + 0.50 pp; con ello la tasa de reportos se ha reducido desde inicios de febrero de 2020 de 7.00% a 5.50%.

Respecto a la TPM, después de reducciones que suman 100 puntos básicos en los últimos meses, la misma se mantiene en 4.50% -con el compromiso de seguir vigilando rigurosamente la evolución de la inflación- a efecto de estimular el crédito, incentivar la demanda interna y la confianza de los agentes económicos, y preservando el rol de la tasa de política monetaria como variable de señalización para las tasas de interés del mercado de dinero.

El Directorio del BCH, reitera su compromiso de continuar evaluando la situación económica interna y el desarrollo externo, y de ser necesario seguirá implementando medidas adicionales tendientes a menguar el impacto derivado del Covid-19 en la economía hondureña, velando por su objetivo fundamental establecido en el Artículo 2 de su Ley.

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