Al Momento Nacionales

EEH HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO ALGUNOS USUARIOS CONSUMIENDO ENERGÍA ELÉCTRICA DE MANERA ILEGAL

El Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica en su Artículo 41 establece que, las empresas distribuidoras podrán suspender el servicio sin previo aviso cuando las condiciones del suministro sean alteradas por el usuario, y además de este primer escenario, cuando se identifiquen conexiones hechas sin aprobación de la empresa distribuidora. Previo a la reconexión, la empresa distribuidora podrá estimar el monto de la energía consumida y no medida y el usuario deberá pagar ese monto, sin el cumplimiento de este requisito la empresa no estará obligada a proceder con la reconexión.

El operador Empresa Energía Honduras (EEH) procede a calcular el monto de energía consumida y no pagada, utilizando los criterios establecidos en el Artículo 76 (Acuerdo CREE028), según la caracterización de la anormalidad identificada. EEH con todos los documentos y pruebas adelanta las acciones administrativas que correspondan con los hechos investigados los cuáles serán puestos en conocimiento de las instancias legales correspondientes, así mismo ante la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), para los efectos legales correspondientes.

EEH, producto de las actividades de rutina que adelanta con su operativa, informa que fueron encontrados los siguientes usuarios haciendo uso indebido del servicio de energía eléctrica, afectando directamente las finanzas de la ENEE:

1. NELSON OMAR SANTAMARÍA (Bodega López) rubro Beneficio de Café, con equipo de medida manipulado, energía consumida y no pagada calculada en 112,749 kWh por un valor de L. 616,267.74 – municipio Nueva Arcadia, Copán.

2. COMERCIALIZADORA DE CAFÉ Y AGROPECUARIA KATIA bodega de Beneficio de Café, con equipo de medida manipulado, energía consumida y no pagada calculada en 105,974 kWh por un valor de L. 527,823.64, numero de clave 1463076 – municipio Guaimaca, Francisco Morazán.

3. COMERCIALIZADORA DE CAFÉ Y AGROPECUARIA KATIA bodega de Beneficio de Café, con equipo de medida manipulado, energía consumida y no pagada calculada en 99,974 kWh por un valor de L. 489,858.96, numero de clave 1693143 – municipio Guaimaca, Francisco Morazán.

4. LABORATORIO MAQUINADO S. DE R. L. taller de maquinado, con equipo de medida manipulado, energía consumida y no pagada calculada en 80,762 kWh por un valor de L. 397,489.16 – municipio San Pedro Sula, Cortés.

5. FRANCISCO ARTURO LOPEZ propietario de gasolinera, con equipo de medida manipulado, energía consumida y no pagada calculada en 40,680 kWh por un valor de L. 238,405.95 – municipio Cucuyagua, Copán.

Estos clientes han sido notificados sobre las anomalías detectadas, asumiendo la actitud de desconocer los ajustes y reincidiendo en la conducta ilegal. Así mismo, el Código Penal vigente tipifica en su Artículo 369 el delito de “defraudación de energía, fluidos y telecomunicaciones” para quienes se apoderen, sustraigan o utilicen electricidad, empleando medios no autorizados para ello, pudiendo ser castigados con penas de prisión desde seis meses hasta tres años.

EEH recomienda a aquellos usuarios del servicio de energía eléctrica que se encuentren en condición ilegal, abocarse a sus oficinas buscando normalizar su condición de usuario de la ENEE.

Tegucigalpa M.D.C viernes, 4 de septiembre de 2020

Continuaremos, dando detalles puntuales a la población de estas prácticas delictivas que representan pérdidas para la ENEE, el Estado de Honduras y los usuarios.

Tegucigalpa M.D.C viernes, 4 de septiembre de 2020

Related Posts

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *