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MP interpone Acción de Amparo por Sobreseimiento Definitivo a favor del ex coordinador de la Fiscalía Regional de La Ceiba

Tegucigalpa.- La Fiscalía Especial para la Defensa de la Constitución interpuso en las últimas horas ante la Secretaría de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una Acción de Amparo contra el Sobreseimiento Definitivo dictado por la Corte Primera de Apelaciones de La Ceiba, Atlántida, a favor del ex coordinador regional del Ministerio Público en el Litoral Atlántico, José Adonai Padilla Isaula, en la causa instruida en su contra por los delitos de Abuso de Autoridad y Violación a los Deberes de los Funcionarios.

A Padilla Isaula, el Tribunal de Alzada, resolviendo un Recurso de Apelación presentado por su Defensa, le revocó el 09 de febrero pasado el Auto de Formal Procesamiento que había sido decretado en su contra por el Juzgado de Letras de la Sección Judicial de la Ceiba el 05 de diciembre de 2013.

La Fiscalía Especial de Enjuiciamiento de Funcionarios y Servidores del MP acusó el 17 de octubre de 2013 al entonces coordinador de la Fiscalía Regional de La Ceiba por haber ordenado e instruido que se dejara en libertad a dos pilotos de una aeronave que arribó al aeropuerto internacional “Golosón”, proveniente de Toluca, México, con sospechas de haber trasportado cocaína.

Con ese actuar, José Adonai Padilla Isaula contravino lo establecido en el Código Proceso Penal en lo relativo a la instrucción de la investigación preliminar y al deber ineludible del Ministerio Público de dirigir técnica y jurídicamente la investigación de los delitos, así como se negó a dar cumplimiento a las directrices emanadas de la Dirección General de Fiscalías que ordenaron que las diligencias en ese tipo de casos corresponden a la Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO).

En ese contexto, esta Acción de Amparo va dirigida a que se revoque el Sobreseimiento Definitivo dictado a favor del ex funcionario del MP por considerar que existe vulneración a la Tutela Judicial Efectiva, el Debido Proceso y al Derecho a la Defensa en virtud que la Corte Primera de Apelaciones de La Ceiba no valoró la prueba aportada conforme a las reglas de la Sana Critica.

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