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ACLARACIÓN PÚBLICA DE LA EMPRESA ENERGÍA HONDURAS (EEH) ANTE COMUNICADO DE LA ASJ

Ante diversas opiniones y manifestaciones públicas de la ONG “Asociación Para Una Sociedad Más Justa”, especialmente su comunicado del 7 de diciembre del año en curso, EMPRESA ENERGÍA HONDURAS, S.A. de C.V., hace saber; a la ciudadanía hondureña, sectores sociales, empresariales y Gobierno Nacional:

1. EEH, nunca ha participado en supuestas “negociaciones o arreglos perjudiciales” contra la ENEE y la población hondureña. Nuestra presencia en Honduras se debe a la participación en un proceso de licitación pública internacional, liderado por Banco FICOHSA, proceso del cual resultó adjudicatario el Consorcio Energía Honduras.

ASJ, cuestiona un proceso diligente adelantado por Banco FICOHSA, quien para su estructuración se hizo acompañar de asesores internacionales entre Despachos Legales, Organismos Financieros como la IFC, entre otras, todas especializadas y con experiencia en este tipo de Proyectos, siendo el Banco el encargado de liderar el proceso internacional. Es irresponsable de parte de ASJ insinuar, que a su criterio el haber realizado el proceso de licitación en forma apresurada y con un único oferente interesado, sea sinónimo de corrupción y que se trate de un contrato mal hecho e incumplido por ambas partes, dado que de ni la ley de APP aplicable a este contrato ni la ley de Contratación del Estado tienen restricción alguna sobre este aspecto.

2. No es cierto el señalamiento infundado de ASJ, al indicar en forma mal intencionada, que las pérdidas de energía eléctrica, valoradas según ellos en más de US$ 400 millones anuales, han pasado desapercibidas, alcanzando un estimado de US$ 4000 millones en los últimos 10 años.
Ante la afirmación realizada por ASJ según la cual, “alrededor del 38% de la energía producida en el país nunca es pagada”, es claro que ASJ desconoce la estructura tarifaria del país, que, de acuerdo con el reglamento de tarifas, establece que “la CREE reconocerá el costo de pérdidas totales del 15 por ciento de la energía que entra a la red eléctrica, desglosadas en un 12 por ciento de pérdidas técnicas y un 3 por ciento de pérdidas comerciales.” Es decir que una parte de estas pérdidas son recuperadas por la estatal eléctrica vía tarifa, regulación a partir de la cual, la afectación real de los flujos económicos de la ENEE asociada a las pérdidas de energía por fraude y conexiones ilegales representa un valor de 243 millones de dólares promedio año y en el acumulado de los 10 años alrededor de 2,400 millones de dólares.

3. Referente a la afirmación de ASJ según la cual “EEH no ha solucionado el problema más bien lo ha empeorado”, consideramos necesario explicar lo siguiente:

a. Cuando EEH inicio operaciones, las pérdidas de energía se encontraban en un valor estimado de 31.95%, con una tendencia al crecimiento de 3% al año, esto querría decir que sin la gestión de EEH, las pérdidas de distribución estarían a la fecha, en un valor cercano al 44%, que dista mucho de la realidad de pérdidas del país, en la cual el indicador acumulado para el mes de noviembre de 2020, se espera alcance un cierre de 30% incluida una afectación por la pandemia COVID-19 que representó un aumento de las pérdidas en 5.13%.

b. La gestión realizada por EEH, ha conllevado: la instalación de 664 mil equipos de medida, la normalización de 490 mil irregularidades, la facturación de más de 1,075.07 GWh equivalentes a 172 millones de dólares, entre usuarios que hurtan energía, el aumento del alumbrado público facturado en un 130%, el levantamiento de más de 145 zonas de difícil gestión, mediciones correctas de las cabeceras de los circuitos y un sin número de capacitaciones sobre la concientización del perjuicio y daños provocados por el hurto de energía en el país.

EEH, ha sido el principal vocero y permanentemente ha dado a conocer de manera abierta a la opinión pública, el daño que se le ocasiona al país, al sector eléctrico y a la sociedad en general, derivado de las pérdidas de energía eléctrica; así mismo, ha venido denunciado los reiterados “cambios discriminatorios en la legislación y condiciones contractuales”, que afectan los resultados del inversionista operador y puestos así en conocimiento de los contratantes, mismos que han sido desatendidos en su totalidad, incurriendo casi en la negligencia.

Caso igual ha sucedido con las acciones procedentes en contra del hurto de energía, en las que aún no se cuenta con el apoyo de las autoridades y la institucionalidad necesarias para llevar a cabo acciones contundentes y más efectivas para hacerle frente a un problema que se ha vuelto crónico y sistemático por parte de una franja importante de usuarios del servicio de energía en el país.

También se falta a la verdad, al indicar que EEH no ha solucionado el problema de las pérdidas en el sector de energía eléctrica, la solución de esta situación en el mercado eléctrico hondureño, no depende de un solo actor como mal intencionadamente pretende señalar ASJ, esta es una tarea que depende también del Estado de Honduras, de los órganos vinculados al sector justicia, de los organismos del Estado vinculados al sector energético del país, de educación a la población y de reglas claras estables y permanentes, que permitan castigar el hurto de energía.

4. ASJ, señala que: “El Gobierno Nacional y EEH han iniciado reuniones, esperamos que en la búsqueda de una solución; es importante que esta negociación se haga con transparencia y que al final busque el beneficio de todos los hondureños.” EEH reitera a la opinión pública, que mantiene su voluntad y disposición en la búsqueda de soluciones a las diferencias surgidas entre las partes, durante la ejecución del contrato de APP, las cuales han sido expuestas a la contraparte, incluido el escenario de una salida negociada, respetando siempre los derechos y obligaciones de los suscriptores del contrato; no obstante, esta disposición no significa permitir o aceptar una violación a nuestros derechos, los cuales estamos haciendo valer, ante las instancias nacionales e internacionales que correspondan.

5. Cuando ASJ hace referencia a que una de las opciones es…. “Pagar a EEH entre USD 100 y USD 200 millones de dólares, de acuerdo con el estado para cancelar el contrato” ignora la existencia de la deuda real del Estado de Honduras con la EEH, que a la fecha ronda los 410 millones de dólares compuesta por el costo del servicio prestado y no pagado, sus intereses y demás inversiones del plan de recuperación de pérdidas ejecutadas al cierre del año 4.

5. Llama poderosamente la atención que ASJ, desconociendo el contenido del contrato de APP suscrito en fecha 18 de febrero de 2016, señale opciones de terminación, intervención del contrato, salida pagando sumas de dinero alejadas completamente de la realidad, así mismo promueva a través de ellas la vinculación de posibles empresas interesadas en tomar esta operación, entre otras, todas las cuales implican responsabilidad, si se realizan sin tener en cuenta las condiciones del contrato y lo establecido en Ley, que por el contrario deben hacerse, salvaguardando la seguridad jurídica que debe privar entre los Estados y la Inversión Privada Nacional o Extranjera. Al respecto caben las preguntas; ¿Qué supuesto interés podrá tener ASJ, en hacer públicos estos pronunciamientos? ¿Será verdaderamente la defensa de la población nacional la que le preocupa?

6. Siendo ASJ como su nombre lo indica, una Asociación para una sociedad más justa, debería denunciar ante las autoridades correspondientes en el país, con hechos, pruebas contundentes y concluyentes a aquellas empresas que, en sus análisis o investigaciones, han realizado negociaciones dañinas contra el Estado de Honduras y su población en general; evitando por el contrario, denigrar a un grupo empresarial que tiene presencia en más de catorce (14) países de América Latina, el cual genera más de quince mil empleos directos de calidad, trayendo conocimiento y tecnología aportes necesarios para el buen desempeño del sector eléctrico, el país y de cualquier manera a la sociedad.

7. ASJ al insinuar que lo que quiere la población es un servicio de energía de calidad y un precio justo, deja entrever que la salida de EEH mejoraría esta condición. Postulado que no puede compartir EEH de ninguna manera por cuanto no está dentro sus competencias el definir la estructura de costos en cada una de las componentes de la tarifa con las que se define el precio del servicio de energía eléctrica en el país. Las actividades que en el marco del contrato realiza EEH: operación y mantenimiento del sistema de distribución eléctrica y atención de los procesos comerciales (Lectura, facturación, recaudo, Atención al cliente, control de la mora), tienen un peso en la estructura tarifaria del 18%.

Es de conocimiento público el pronunciamiento de hace unos pocos días del Presidente del Banco Interamericano de Desarrollo Dr. Mauricio Claver-Carone, “Que uno de los problemas que le preocupa en el corto plazo en relación a Honduras, es el alto costo de la energía eléctrica”, Igualmente señaló que para que la inversión privada nacional y extranjera venga y se mantenga en Honduras deben asegurarse las condiciones macroeconómicas, el Estado de Derecho y los incentivos fiscales que apliquen”, condiciones que parecen no ser del interés de ASJ.

Tegucigalpa, M.D.C., 8 de diciembre de 2020.
EMPRESA ENERGÍA HONDURAS, S.A. DE C.V.

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