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TSC NOTIFICA RESPONSABILIDAD CIVIL E INDICIOS PENALES EN LA MUNICIPALIDAD DE GUANAJA

Auditoría detectó una serie de irregularidades, se ocasionó un perjuicio al Estado por 19.8 millones de lempiras. Informe se remitió al MP para que ejerza la acción penal.

Tegucigalpa. El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) notificó dos informes que concluyen en la notificación de responsabilidades civiles y administrativas, e indicios de responsabilidad penal por una serie de irregularidades encontradas en la municipalidad de Guanaja, departamento de Islas de la Bahía.

El ente contralor del Estado concluyó una Auditoría Financiera y de Cumplimiento Legal a esa alcaldía, correspondiente al período comprendido del 10 de diciembre de 2008 al 31 de mayo de 2014, producto del cual emitió dos informes, uno de ellos con No. 049-2014-DAM-CFTM-AM-B.

“Se remite el informe que contiene hechos con indicios que podrían ser considerados como responsabilidad penal y cuyas características deben ser evaluadas por la fiscalía para proceder con las acciones conforme lo considere el Ministerio Público”, cita un oficio del TSC, dirigido al fiscal general, Oscar Fernando Chinchilla.

El expediente que contiene la auditoría se remitió al MP por encontrar ocho indicios de la comisión de delitos que habrían incurrido exfuncionarios de ese término municipal y por ser el ente que le compete ejercer la acción penal ante los tribunales de justicia.

La auditoría, realizada por la Dirección de Municipalidades del TSC, comprobó que la corporación municipal aprobó un descuento del 40% o más sobre el valor catastral para el cobro del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

La auditoría detectó la ejecución de dos proyectos no aprobados por la corporación municipal y sin existir un contrato que especifique los trabajos a realizar; además, se presentó una demanda por incumplimiento de pago, que asciende a 5,416,135.99 lempiras, interpuesta por la constructora.

El tercer hecho irregular de tipo penal refiere a que no se realizó un procedimiento adecuado para la contratación de 19,419,789.75 de lempiras, de fondos de la Estrategia para la Reducción de la Pobreza, para construcción de cinco proyectos de obras públicas.

Se autorizó compras directas y cotización, omitiendo el procedimiento de licitación pública y privada que, según la Ley de Contratación del Estado, se debió cumplir.

A un día de terminar la gestión municipal, el 24 de enero de 2014, se refinanció un préstamo bancario por 206,247.42 lempiras sin la aprobación de la corporación municipal.

Otros hallazgos consisten en la sustracción de cuatro páginas del libro de actas, se desconoce los puntos tratados en dichos folios; algunas facturas fueron adulteradas y no existe una adecuada regulación en el suministro de combustible e irregularidades en cobros por impuestos municipales.

Perjuicio estatal
En la auditoría el TSC detectó 13 hechos irregulares constitutivos de responsabilidades de tipo civil, detallados en un segundo informe, el No. 049-2014-DAM-CFTM-AM-A, por ocasionar un perjuicio económico al Estado por 19,796,220.79 lempiras.

El TSC verificó que la Municipalidad de Guanaja tiene cuentas por cobrar con antigüedad mayor o igual a cinco años, ocasionando un daño al patrimonio del municipio por 9,922,066.46 lempiras.

Además de anomalías en cobro del Impuesto de Bienes Inmuebles, que ocasionó un perjuicio a la comuna por 3,912,701.30 lempiras, el TSC constató que no se efectuó una correcta retención del Impuesto Sobre la Renta, que provocó un daño patrimonial por 2,153,219.59 lempiras.

Se ejecutó un proyecto de pavimentación que refleja una diferencia negativa por 1,555,692.29 lempiras.

Otros nueve hechos irregulares que ocasionaron un daño patrimonial por 6,165,242.45 lempiras, refieren a adulteración de facturas, viáticos sin liquidar, gastos sin documentación suficiente y pagos por demandas en contra de la Municipalidad por negligencia en la administración.

Asimismo, robo de dinero en área de caja, cobros no reportados en tesorería, extravío de cámara y motor de lancha, anomalías en cobro de impuestos y excesos en pago de telefonía celular.

En aras del debido proceso, como el derecho de defensa, quienes aparezcan señalados con responsabilidades de tipo civil podrán impugnar el informe dentro de un plazo de 60 días, contados a partir de la fecha en que le sean notificados los pliegos de responsabilidad de forma individual.

Además, el TSC encontró 12 hechos constitutivos de responsabilidades administrativas, que implicarán la imposición de multas que van desde 5,000 hasta el millón de lempiras.

Por los hechos antes descritos el TSC concluye que se violentó lo establecido en la Constitución de la República, Ley de Municipalidades, el Código Tributario, Ley de Contratación del Estado, las Disposiciones Generales del Presupuesto, la Ley de Crédito Público y la Ley Orgánica de Presupuesto.

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